Si todavía no sabes cuáles son las restricciones para los vuelos recreativos de drones, aquí dispones de un sencillo listado de cosas que tendrás que tener en cuenta antes de iniciar tus vuelos. Siempre que vueles a modo de hobby o de forma recreativa, no será necesario que dispongas del título de piloto. Disponer de un título de piloto sólo te será requerido siempre que desees realizar vuelos profesionales con tu dron. Aunque no necesites un título para disfrutar con tu dron, necesitarás cumplir ciertas premisas y restricciones vinculadas a la modalidad recreativa de vuelo.
Aquí tienes las premisas a cumplir, ofrecidas por la AESA, para los vuelos recreativos o como hobby con tu dron dentro de España.
- No necesitas título de piloto siempre que los vuelos que realices tengan un fin recreativo y no sea para temas profesionales.
- Mantén el dron siempre a la vista y no vueles a más de 120 metros del suelo.
- Realiza vuelos sólo durante el día, en lugares apropiados para ello y bajo condiciones meteorológicas adecuadas. Evita la niebla, las rachas de viento o la lluvia. Las condiciones adversas no solo harán que no visualices bien tu dron, también pueden derribarlo o afectar a su electrónica.
- Si realizas vuelos de noche, sólo podrás hacerlo si tu dron pesa menos de 2kg (incluyendo aeronave, baterías, cámara y cualquier otro elemento adicional)
- Vuela siempre de manera segura y respetable. Si es necesario, realiza vuelos bajo la supervisión de un adulto.
- Ten en cuenta que, ante cualquier daño que generes con el dron, tú serás el responsable. Por ello, es recomendable disponer de un seguro que te ampare, tanto por daños materiales como responsabilidad civil.
- No realices grabaciones de personas, mucho menos la difusión de las mismas. Recuerda que existe la Ley 1/1982 de protección civil del derecho al honor y a la intimidad.
- Por seguridad, nunca vueles a menos de 8 kilómetros de aeropuertos ni aeródromos. Tampoco en zonas de tráfico aéreo, otros vuelos de baja altura (zonas de paracaidismo, globos, ultraligeros, parapente…) ni zonas que entrañen seguridad (por ejemplo centrales nucleares).
Puedes descargar el folleto de recomendaciones de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en materia de vuelos recreativos con drones.
Si quieres conocer a fondo el uso recreativo de drones y sus limitaciones o restricciones, puedes consultar las disposiciones del Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de aeronaves pilotadas por control remoto.